jueves, 11 de febrero de 2010

Fuentes del derecho procesal. La jurisprudencia (V)

Artículos de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II, del artículo 105 constitucional referentes a la jurisprudencia en controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.

ARTICULO 43. Las razones contenidas en los considerandos que funden los resolutivos de las sentencias aprobadas por cuando menos ocho votos, serán obligatorias para las Salas, tribunales unitarios y colegiados de circuito, juzgados de distrito, tribunales militares, agrarios y judiciales del orden común de los Estados y del Distrito Federal, y administrativos y del trabajo, sean éstos federales o locales.

ARTICULO 44. Dictada la sentencia, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenará notificarla a las partes, y mandará publicarla de manera íntegra en el Semanario Judicial de la Federación, conjuntamente con los votos particulares que se formulen.