jueves, 18 de febrero de 2010

Fuentes del derecho procesal. La ley (V)

1. La última norma general y abstracta que se tratará es el reglamento. Generalmente se piensa que esta forma normativa se refiere a las disposiciones que dicta el Presidente de la República para detallar las leyes. Bajo esta concepción, no podrían existir los reglamentos en materia procesal, pues el Presidente, que es el Poder Ejecutivo, estaría invadiendo la esfera del Poder Judicial, en contravención del artículo 49 constitucional.

2. No obstante, esta forma normativa no se reduce al reglamento administrativo de detalle. Es algo más amplio. Así como existe el reglamento que detalla la forma de aplicación de las leyes en el ámbito administrativo, existen reglamentos en los otros dos Poderes (e incluso en los órganos constitucionales autónomos) que permite a éstos fijar la forma en que aplicarán las leyes de forma general y abstracta.

3. Los reglamentos del Poder Legislativo tienen fundamento en el artículo 77, fracción I, de la Constitución, y se denominan “resoluciones económicas relativas a su régimen interior”, y tiene como objeto regular el funcionamiento de cada Cámara del Congreso de la Unión en lo particular, detallando la Ley Orgánica del Congreso.

4. En el ámbito del Poder Judicial, existen los “acuerdos generales”, previstos en el séptimo párrafo del artículo 94 constitucional. Tienen como objeto reglamentar las competencias constitucionales y legales de la Suprema Corte y de los Tribunales Colegiados. Un ejemplo. Con base en este precepto constitucional la Corte emitió el Acuerdo General 5/96 (mencionado antes en este blog) en el que se detalla la forma en que se elaboran las tesis jurisprudenciales y asiladas. Puede entenderse que reglamenta los artículos de la Ley de Amparo relativos a la jurisprudencia (también citados previamente)

5. Estos Acuerdos Generales son fuente del derecho procesal, pues muchas veces las competencias de los órganos jurisdiccionales y los requisitos de procedencia de algunos recursos se prevén en esta clase de normas.

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