jueves, 4 de marzo de 2010

Partes. Ministero Público.

1. El ministerio público es una institución prevista en la Constitución. En efecto, el artículo 102, apartado A, constitucional dispone que la ley organizará el ministerio público y que ésta institución estará presidida por el Procurador General de la República. Asimismo dispone que sus funcionarios son nombrados y removidos por el Ejecutivo (aunque el nombramiento del Procurador debe ser ratificado por el Senado, es nombrado y removido por el Presidente)

2. La Constitución distingue dos tipos de actuación en los procesos del ministerio público. Por una parte, en los procesos penales le corresponde la persecución de los delitos ante los tribunales. De ello, y de las actuaciones concretas que dispone la Constitución en otros preceptos (16, 19, 20 etc.) se desprende que en estos procesos tiene la calidad de parte actora.

3. La Constitución, además, dispone que el ministerio público puede participar en otros procesos cuando así lo disponga la ley. Estas actuaciones se dan, por ejemplo, en los casos de menores, ausentes, en los juicios de amparo o en las controversias constitucionales. En estos procesos actúa para velar por el interés público.

4. En ambos procesos, el ministerio público actúa en representación del pueblo, del interés público. De esta forma, la parte material en estos juicios es la sociedad y la parte formal es el ministerio público. Así se entiende que en Estados Unidos, en donde se le da nombre a un proceso por las partes materiales, existan juicios “the people vs. X”.

5. Como el ministerio público actúa en el lugar de la sociedad, conforme a la clasificación antes vista, se podría decir que es un abogado procurador. De ahí el nombre del titular del ministerio público.

6. En los procesos penales el ministerio público será parte actora, pues es quien representa la pretensión de la sociedad de castigar a alguien. En los otros procesos será tercerista, pues no siendo parte actora ni demandada, representa el interés que tiene la sociedad de que ese proceso respeta el orden público.

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